EL FIN DE LA DOBLE COMISION POR RETIRADA DE DINERO EN CAJEROS BANCARIOS

Hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 11/2015 mediante el cual se evitar que las entidades bancarias cobren una doble comisión al ciudadano por la retirada de dinero, reduciendo, pues, el coste para el usuario del servicio de retirada de efectivo en sí misma considerada, a crédito y débito, sin afectar a otras comisiones vinculada a los servicios de crédito.

Tal vez no erais conocedores, pero cuando se procedía a la retirada de dinero en efectivo mediante un cajero automático de una entidad bancaria distinta a la suya, se procedía a cobrarle dos comisiones distintas: una repercutida por la entidad bancaria propietaria del cajero automático y otra que le repercutía su entidad bancaria.

Con este nuevo Real Decreto-ley, se consigue eliminar esa repercusión directa de la entidad bancaria propietaria del cajero automático de la comisión, pasándola a cobrarse por la entidad bancaria titular de la tarjeta y con opción de la misma de repercutirle total o parcialmente la misma.
Dicha cuantía le será informada antes de que se produzca la retirada de efectivo a fin de recabar el consentimiento del titular de la tarjeta.

Las comisiones se fijarán entre pactos de entidades bancarias y, a falta de acuerdo, se fijara una comisión unitaria y única para todo territorio nacional.

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