Mediante sentencia de 10 de septiembre de 2015, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha desestimado el recurso que la empresa Hennes & Mauritz BV &Co. KG, mayormente conocida como H&M, habia interpuesto contra las decisiones de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) respecto a unos diseño de la empresa Yves Saint Laurent, SAS. (YSL).
La discusión versaba acerca los diseños de unos bolsos que la empresa YSL solicitó a la OAMI en el año 2006 y que la empresa H&M, a la vista de observar una clara similitud entre unos diseños a cargo de ella, solicitó la nulidad.
La OAMI no admitió la solicitud de la empresa H&M al reconocer que la impresión que ambos diseños podian ofrecer al consumidor era completamente distinta.
A la vista de ello, el TGUE ha confirmado las declaraciones realizadas por la OAMI desestimando el recurso interpuesto por H&M, basándose en lo dispuesto en el Reglamento sobre los dibujos y modelos comunitarios, así como en tres características que tienen influencia determinante en el aspecto visual global: la forma general, la estructura y el acabado externo del bolso.
El análisis de estas características ha supuesto que el TGUE considere que las diferencias de ambos diseños son importante y que sus semejanzas resultan insignificantes en el marco de la impresión general que ambas producen.
Texto íntegro de la sentencia: http://curia.europa.eu/juris/documents.jsf?num=T-525/13 ; http://curia.europa.eu/juris/documents.jsf?num=T-526/13